La agricultura ecológica es un sistema de producción en la que no se autoriza el uso de sustancias químicas de síntesis (insecticidas, funguicidas, herbicidas, etc.) ni de organismos modificados genéticamente. La normativa sobre agricultura ecológica establece las condiciones para que un cultivo se pueda certificar como procedente de la agricultura ecológica. En una explotación ecológica se deben cumplir una serie de principios y normas de producción sobre el origen de las semillas, la fertilización, el control de plantas adventicias, plagas y enfermedades, etc.

El período transitorio, durante el cual se introducen las técnicas de agricultura ecológica en la explotación, es lo que se conoce como período de conversión.El período de conversión se inicia, tras la solicitud de incorporación de la unidad de producción en los registros del COPAE, desde ese momento se debe cumplir la normativa de producción ecológica, quedando sometida la explotación al control del COPAE.

Los períodos de conversión tienen la siguiente duración:

  • Cultivos anuales y herbáceos: 2 años.
  • Praderas: 2 años.
  • Cultivos vivaces (frutales, etc): 3 años.

El período de conversión se podría reducir siempre que existan pruebas suficientes de que el terreno no haya sido tratado con productos no autorizados por la normativa de agricultura ecológica durante un período mínimo de tres años.

Para ampliar la información sobre las normas de producción en agricultura ecológica puede descargar guía sobre agricultura ecológica. Aquí encontrarán las respuestas sobre lo que es la agricultura ecológica, sus ventajas, cómo está regulada, qué condiciones se exigen y qué pasos son necesarios para certificar una producción como ecológica así como su Tramitación.

Guía sobre agricultura ecológica

Para que un agricultor pueda certificar su producción como ecológica se debe inscribir en el Registro de Explotaciones del COPAE. Para ello deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Presentar en el COPAE la documentación que se indica: (descargar documentos)
     Solicitud de inscripción
     Anexo
     Acuerdo (solicitar el documento por teléfono o correo electrónico)
  2. Cuando la solicitud ya está completa, un técnico del COPAE concertará con el productor la fecha para la realización de la auditoría inicial, realizando una visita de la explotación donde se comprobarán los datos de la solicitud.
  3. Después de la auditoría inicial, el Comité de Certificación fijará las condiciones de inscripción y los períodos de conversión. El COPAE comunicará la resolución.
  4. Una vez inscrito, el productor tiene obligación de mantener actualizado un registro documental que le será requerido durante las visitas de seguimiento o inspección. Toda explotación está obligada a llevar unos registros de intervenciones en las parcelas (abonado, tratamientos fitosanitarios, siembra y plantación), entradas de productos (abonos, fitosanitarios, semillas, plantas), registro de recolección y salidas de producto (productos recolectados y vendidos como ecológicos).
  5. Pasada la fase de inicio de control, los técnicos del COPAE realizarán visitas periódicas de seguimiento que pueden ser con aviso previo o sin él.